📢 ¡OPORTUNIDAD DE LOS MEDIOS DE DEFENSA! 📢

👨🏻💻 Los medios de defensa como la cuestión previa, prejudicial y las excepciones se presentan cuando el Fiscal decide continuar con la investigación o al responder una querella, y deben resolverse antes de la etapa intermedia. También pueden plantearse dentro de esta etapa en los plazos legales, e incluso ser declarados de oficio por el juez.

🚨 JURISPRUDENCIA

La cuestión previa se deduce por el imputado en la investigación preparatoria formalizada y al inicio del procedimiento intermedio; mientras que el órgano jurisdiccional puede declararla de oficio en cualquier estado y grado del procedimiento [Casación 2480-2024, La Libertad].

Cuestión prejudicial es el único medio de defensa que no se presenta en etapa intermedia [Casación 79-2020, Puno]

Oportunidad para deducir una cuestión prejudicial es antes de la conclusión de la investigación preparatoria y no después de la acusación [Apelación 14-2023]

Es posible plantear una cuestión prejudicial en etapa intermedia [Pleno Jurisdiccional Distrital Procesal Penal de Amazonas, 2013] 



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